30 de junio de 2014

- DIVORCIO (LA SOLUCIÓN JURÍDICA AL MATRIMONIO)



¿QUÉ ES UN DIVORCIO?

De conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código Civil para el Distrito Federal, es el acto jurídico mediante el cual se disuelve el matrimonio, dejando a los cónyuges en aptitud de contraer otro.

De acuerdo con datos del INEGI, en el año de 2011 se registraron 11,385 divorcios y 35,086 matrimonios, es decir, por cada 100 enlaces matrimoniales, se reportan 32 divorcios y esta cifra continúa en aumento.

Con las reformas realizadas al Código Civil del Distrito Federal en el año de 2008, el divorciarse ya no es el procedimiento legal tardado, en el que se tenía que acreditar un causa, para que el Juez de lo Familiar otorgara el mismo.

Actualmente, únicamente tiene que ser solicitado ante el Juez de lo Familiar, sin que sea necesaria la aprobación del otro cónyuge, únicamente se deben expresar la voluntad de disolver ese vínculo matrimonial y de cubrir los requisitos señalados en el artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal. 

¿CÓMO SE TRAMITA?

Se tramita mediante la presentación de una demanda de divorcio ante los Juzgados de lo Familiar, dicha demanda se acompaña con una propuesta de convenio, o en su caso un convenio previamente acordado por las partes, en el que se establecen cuestiones como la repartición de los bienes adquiridos durante el matrimonio, y en caso de hijos menores, el pago de alimentos, la guardia y custodia, régimen de visitas, entre otras cuestiones.

Una vez concluido el trámite procesal y de contar con la sentencia de divorcio, se gira el oficio correspondiente al Registro Civil para que se realice la nota marginal respectiva, dando por concluido el vínculo matrimonial.

Es importante señalar que si bien la sentencia de divorcio es el ordenamiento legal que se le realiza al Registro Civil, esto no implica que el vínculo matrimonial se haya disuelto, pues es necesario que se realice la inscripción marginal correspondiente, trámite que se realiza ante el mencionado Registro.

CONVENIO DE DIVORCIO

En el convenio de divorcio, debe establecer cuestiones relativas a los bienes adquiridos durante el matrimonio, cual es el cónyuge que habitará el domicilio conyugal, la guardia y custodia de los hijos menores, el pago de alimentos, entre otros.

A la presentación de la demanda, y en caso de que ya el divorcio sea de muto acuerdo, el convenio se presenta ya firmado por ambas partes.

En caso de que no haya un acuerdo previo, se presenta una propuesta de convenio, para que la contraparte manifieste lo que a su derecho convenga, en caso de no existir un acuerdo, el Juez determina dejar a salvo los derechos para que se reclamen en la vía procedente, sin que esto afecte divorcio.  Sin embargo, es importante señalar que dirimir alguna otra cuestión es independiente al trámite de divorcio, por lo que no se encuentra incluido en el costo.

DOCUMENTOS NECESARIOS

Copia certificada del Acta de Matrimonio
Copia de certificada del Acta de Nacimiento de los hijos (en su caso)
Convenio o Propuesta de Convenio.

COSTO:

El costo por el servicio jurídico es de 4,000.00  en tres pagos.
$2,000.00 para presentar la demanda
$1,000.00 en la audiencia 
$1,000.00 una vez concluido el trámite ante el Registro Civil.








29 de junio de 2014

- HOY NO CIRCULA, NOTA DEL UNIVERSAL, AMPÁRATE

Como ya lo señale en mi anterior artículo, ampararse en contra del "HOY NO CIRCULA" es posible, debido a que el mismo resulta ser inconstitucional.

El programa tiene como objeto proteger el ambiente, sin embargo, al limitar la circulación de tu auto, basándose en que tan "nuevo" es resulta discriminatorio y por ende, una violación al principio de igualdad, motivo suficiente para otorgar el amparo y protección e la Justicia Federal.

Es importante señalarles que la autoridad, si cuenta con facultades suficientes para establecer limites a la circulación de vehículos, sin embargo, esto debe realizarse conforme a criterios objetivos y no por el simple hecho de que el vehículo sea un modelo reciente o no.

El pasado 19 de junio, se expidió en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se publicó el Programa Hoy No Circula en el Distrito Federal, el cual establece que si tu auto no cuenta el el holograma "0" o "00", este será limitado para circular no sólo un día a la semana, sino que además deberá descansar los sábados.

Si gustan corroborar que es posible obtener dicho amparo, les comparto el siguiente artículo, publicado en la página de EL UNIVERSAL 

http://www.eluniversal.com.mx/ciudad-metropoli/2014/lo-protegen-contra-el-hoy-no-circula--1019918.html








27 de junio de 2014

- HOY NO CIRCULA, AMPÁRATE

El pasado 19 de junio de 2014, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el cual dentro de sus novedades, se encuentra que los vehículos que cuenten con el holograma "1", se encuentran limitados para circular un día a la semana y dos sábados por cada mes, en los siguiente términos.


Los hologramas "1" y "2", son obtenidos básicamente respecto del modelo de tu vehículo, es decir, si tu automóvil no es un modelo reciente, éste por default, se encontrará limitado para circular, ya sea dos o incluso todos los sábados del mes.

Mayor información en lic.soliscorbala@gmail.com o 0445529576209 de 16 a 21 horas.

- PRESENTACIÓN

Rafael Eddie Solis Corbalá.
lic.soliscorbala@gmail.com


Licenciado en Derecho, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad Universitaria.

Servicios Social: Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Experiencia Laboral: Dirección General de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal, adscrito a la Jefatura de Incidente de Inejecución de Sentencias, durante 6 años, encargado del trámite de los juicios de amparos en vía administrativa, interpuestos en contra del Gobierno del Distrito Federal, entre los asuntos más importantes que he llevado, se encuentran la defensa de Decretos Expropiatorios, para la construcción de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo Metro, Ley de Publicidad Exterior, Ley de Establecimientos Mercantiles y sus respectivos Reglamentos.

Servicios que ofrezco:
  • Trámite de juicios de amparo y/o juicios de nulidad, en contra de actos de autoridad que se pueden traducir en la imposición de multas, clausuras, suspensión de actividades de establecimientos mercantiles derivados de procedimiento administrativos, defensa en contra de la actividad legislativa (leyes y reglamentos), decretos expropiatorios, y su respectivo procedimiento para obtener el pago de indemnización.
  • Desahogo de requerimientos administrativos,
  • Diseño de estrategias para aprovechar las nuevas legislaciones a favor del particular.  (Respecto de este tema, te sugiero estés al pendiente de las publicaciones que voy realizar en este Blog, para que conozcas las distintas estrategias; próximamente voy a publicar un artículo respecto de la reubicación de los anuncios espectaculares en el Distrito Federal) .
  • Gestión de Trámites Administrativos:
    • Licencias y/o permisos administrativos para el funcionamiento de establecimientos mercantiles,
    • Licencias de construcción, (Programas de Desarrollo Urbano),
    • Trámites ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercios,
    • Trámites ante el Registro Civil,
    • entre otros.
  • Juicios Civiles
    • Divorcios
    • Pensión Alimenticia,
  • Elaboración de contratos.
NO ASUNTOS PENALES, lo más que puedo hacer es recomendarte a un penalista.

Para contactarme, por favor mándame un mail a lic.soliscorbala@gmail.com con una breve descripción del asunto a tratar y a la brevedad me contacto contigo para hacer una cita y exponerte mi opinión y la posible estrategia y/o defensa legal.